lunes, 21 de enero de 2013
REQUISITOS PARA PARTICION EXTRAJUDICIAL EN CNR
PARTICION EXTRAJUDICIAL
· Requisitos Generales.
· Que el dato registral del inmueble se encuentre en pro indiviso.
· En el plano de levantamiento topográfico, deberán detallar por cada porción lo siguiente :
- Nombre del propietario a quien será asignada.
- Cuadro de rumbos y distancias y sus respectivas áreas, así como el área total.
· No requerirá plano aprobado por Instituciones o entidades responsables del Ordenamiento y Desarrollo
Territorial si procede de una Declaración de herederos inscrita, independientemente el número de
porciones en que se divida el inmueble.
· En caso que la partición no provenga de Declaratoria de herederos, se permitirá la división hasta 3
porciones sin necesidad de plano aprobado por Instituciones o entidades responsables del Ordenamiento
y Desarrollo Territorial, siempre y cuando no se compruebe que se está desarrollando un núcleo
poblacional. En dicho plano se deberá identificar el resto, si lo hubiere
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
Disculpen como puedo contactarlos
ResponderBorrar